Calculadora de herencia en Chile
Descubre quién hereda y en qué porcentaje según el Código Civil cuando no hay testamento, y estima el impuesto a la herencia de cada heredero.
¿Quién hereda y cuánto?
Cómo se reparte una herencia sin testamento
El Código Civil establece un orden de herederos. Cada grupo excluye a los siguientes:
- Hijos y cónyuge (o conviviente civil): el cónyuge recibe el doble de lo que recibe cada hijo; si hay un solo hijo, recibe lo mismo que él. En ningún caso el cónyuge recibe menos de la cuarta parte de la herencia.
- Sin hijos: heredan el cónyuge y los padres. La herencia se divide en tres partes: dos para el cónyuge y una para los padres. Si falta uno de ellos, el otro hereda todo.
- Sin hijos, cónyuge ni padres: heredan los hermanos. Los hermanos solo de padre o solo de madre reciben la mitad que los hermanos de padre y madre.
- A falta de los anteriores: los demás parientes colaterales hasta el sexto grado (por ejemplo, sobrinos o tíos) y, finalmente, el Fisco.
¿Y si hay testamento?
Si existen hijos, cónyuge o padres (legitimarios), el testamento no puede disponer libremente de todo: la herencia se divide en cuatro partes. La mitad es para las legítimas de esos herederos, una cuarta parte es de mejoras (para favorecer a hijos, cónyuge o padres) y la otra cuarta es de libre disposición.
Impuesto a la herencia
Cada heredero paga sobre lo que recibe, con una escala progresiva medida en Unidades Tributarias Anuales (UTA; hoy $865.812):
| Tramo de lo recibido | Tasa |
|---|---|
| Hasta 80 UTA | 1% |
| Más de 80 y hasta 160 UTA | 2,5% |
| Más de 160 y hasta 320 UTA | 5% |
| Más de 320 y hasta 480 UTA | 7,5% |
| Más de 480 y hasta 640 UTA | 10% |
| Más de 640 y hasta 800 UTA | 15% |
| Más de 800 y hasta 1.200 UTA | 20% |
| Más de 1.200 UTA | 25% |
El cónyuge, el conviviente civil, los hijos (y su descendencia) y los padres tienen exentas las primeras 50 UTA cada uno. Los hermanos, sobrinos, tíos y primos tienen exentas 5 UTA y pagan la escala con un recargo del 20%; para parientes más lejanos o no parientes, el recargo es del 40%.
Fuentes
- Código Civil y Ley 16.271 de impuesto a las herencias (texto refundido en el DFL 1 de 2000): artículos 988 a 992 y 1184 del Código Civil, y artículo 2 de la Ley 16.271.
- Ley 20.830 de Acuerdo de Unión Civil, artículo 16.
- Valor de la UTA: Servicio de Impuestos Internos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto le corresponde al cónyuge si hay hijos?
Si no hay testamento, el cónyuge (o conviviente civil) recibe el doble de lo que recibe cada hijo; si hay un solo hijo, recibe lo mismo que él. Nunca recibe menos de la cuarta parte de la herencia.
¿Quién hereda si no hay hijos?
El cónyuge y los padres: dos tercios para el cónyuge y un tercio para los padres. Si falta uno de ellos, el otro lleva todo. A falta de ambos heredan los hermanos.
¿Cuánto es el impuesto a la herencia en Chile?
Es progresivo: va del 1% al 25% según el monto que recibe cada heredero, medido en UTA. El cónyuge, el conviviente civil, los hijos y los padres tienen exentas las primeras 50 UTA cada uno.
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